Nuevos límites para los pagos en efectivo

A partir del 11 de julio, el límite para los pagos en efectivo o metálico, se reduce de 2.500 euros a 1.000 euros, por aplicación de lo dispuesto en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Afecta, por ejemplo, a las operaciones entre dos comerciantes o a las operaciones entre un comerciante y un consumidor final y se aplicarán a todos los pagos efectuados a partir de este día, aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad al 11 de julio de 2021

En el caso de personas físicas particulares no residentes que no actúen como empresarios o profesionales, –que deberán acreditar su condición de no residente al realizar el pago en efectivo-, el límite se reduce de 15.000 a 10.000 euros. Sería el caso de un turista que adquiere un bien o servicio en España, a título particular, mientras está de vacaciones.

Las cuantías se expresan en euros o en su contravalor en moneda extranjera, IVA incluido y después de aplicar, en su caso, la correspondiente retención.

Para cuantificar esos límites de pago deben acumularse, en todo caso, los posibles fraccionamientos del pago, a fin de evitar astucias.

¿Y si en las operaciones las dos partes que intervienen son empresarios o profesionales?

El límite también es de 1.000 euros.

¿Y en las operaciones en las que ambas partes no son empresarios ni profesionales?

En ese caso, al igual que ocurría hasta ahora, no hay limitación de pagos en efectivo.

A estos efectos, se consideran pagos en efectivo:

  • Los satisfechos en papel moneda o en moneda metálica, tanto nacionales como extranjeros.
  • Los cheques bancarios al portador, denominados en cualquier moneda, los cheques de viaje y cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos.
  • Se nos plantean dudas sobre el tratamiento, a estos efectos, de las criptomonedas, concebidas para ser utilizadas como medio de pago al portador.

Otros elementos a tener en cuenta con la nueva normativa:

  • Los límites cuantitativos no se aplican a pagos e ingresos en entidades de crédito, ni cuando estén sujetos a la supervisión del Banco de España y a la normativa de blanqueo de capitales, a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda y a las operaciones realizadas a través de entidades de pago (precisamente, porque, en todos esos casos, “dejan huella”).
  • Todos aquellos que intervengan en la operación –adquirente y vendedor o suministrador– deben conservar la documentación justificativa de la misma durante un período de cinco años desde la fecha del pago.
  • El incumplimiento de la limitación de pagos conlleva la aplicación de una sanción del 25% del importe pagado en efectivo, con una reducción del 50% si se satisface la misma antes de que recaiga resolución definitiva -en un plazo de 6 meses, ampliado respecto de la anterior regulación, que lo fijaba en 3 meses-.
  • Esa sanción resulta aplicable tanto al pagador como al perceptor, como infractores solidarios, si bien, se eximirá de la misma a aquél que denuncie primero el hecho, en los tres meses siguientes a la realización de la operación, ante la A.E.A.T. No tienen efectos, evidentemente, las denuncias cruzadas.

Para cualquier aclaración, contacta directamente con cualquiera de nuestras oficinas.

IRPF 2020

La importancia de un buen asesoramiento profesional.

Este año la campaña de la Renta viene marcada por las restricciones que impone la pandemia del Covid-19 y podemos ya presentar la declaración por Internet o esperar al 2 de junio para hacerlo de forma presencial, hasta el 30 de junio como fecha tope.

Y como siempre, la labor de los gestores administrativos es clave para evitar errores en su presentación.

Cómo puede afectar el COVID-19 en tu declaración:

Las principales diferencias en la liquidación del IRPF en relación a la declaración anterior están relacionadas con estas situaciones personales:

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Modificación del tratamiento fiscal de los PLANES DE PENSIONES

El 1 de enero entró en vigor la modificación del límite de las aportaciones y de la reducción en la base imponible de las mismas y contribuciones a sistemas de Previsión Social.
El anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2021 recoge una serie de especificaciones con respecto a los planes de pensiones, entre los que destacamos la modificación del límite de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social:

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Este año, más cerca que nunca

Se acaba 2020, un año difícil y complicado para todos, durante el que hemos estado más cerca que nunca de vosotros.

En Pedro Moreno e Hijos no hemos dejado de trabajar, de estar alerta, de ir adaptándonos a las condiciones que en ocasiones cambiaban en cuestión de horas; gracias por vuestra confianza, comprensión y paciencia en esos delicados momentos de incertidumbre en los que era complicado determinar cómo aplicar la normativa aprobada a veces de un día para otro. Leer más

Nos preocupamos por tu salud, nos preocupamos por ti

En este momento que nos ha tocado vivir, la salud, más que nunca, es un tema prioritario para todos.

En Pedro Moreno & hijos nos preocupamos por el bienestar de nuestros clientes y somos conscientes de la importancia que la salud tiene para ellos, por eso te presentamos el seguro de salud de Axa, un completo seguro de salud adaptado a cada necesidad que te ofrece acceso a uno de los cuadros médicos más extensos del mercado en el que están incluidos los mejores profesionales y que tiene cobertura desde el minuto uno. El seguro de salud de Axa ha sido elegido más de siete veces como el mejor del mercado por la consultora Cronos.

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Comunicado modelo de atención ante el coronavirus

Estimad@ cliente,

Conforme Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y para garantizar la seguridad tanto de nuestros clientes como de nuestro personal, nuestras oficinas trabajaran a puerta cerrada durante los próximos días.

Os informamos de las siguientes consideraciones a tener en cuenta:

  • Priorizar el uso del teléfono, correo electrónico, WhatsApp… para consultas y asesoramientos que no requieran de la presencia física.
  • AQUÍ TIENES NUESTROS DATOS DE CONTACTO: Pincha aquí
  • Se atenderán de forma presencial aquellos casos que lo requieran, a ser posible de forma concertada.
  • En caso de acudir a cualquier centro, rogamos mantener las normas de comportamiento preventivo recomendadas por las instituciones: evitar el contacto próximo entre personas (1,5 metros), medidas de higiene personal, contención de tos,…

Agradecemos la confianza depositada en nuestra empresa, esperando que estas medidas eviten el mayor número de contagios y se garanticen que nuestros servicios y comunicación con todos vosotros sigan funcionando con total normalidad.

Bajas motivadas por el coronavirus

Ante la expansión del coronavirus SARS-CoV-2 y los aislamientos que se están imponiendo a los posibles contagiados surge la duda de cómo se va a gestionar, de cara a las bajas laborales.

En este sentido, queremos aclarar que la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones ha expresado que para estos periodos de aislamiento preventivo a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia del coronavirus SARS-CoV-2 se adoptarán los siguientes criterios:

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7ª Convención Pedro Moreno & hijos – 2020. La Transform@ción continúa: Especialización y Metodología.

Otro año más, disfrutamos del encuentro de todos los que formamos Pedro Moreno & hijos para celebrar nuestra convención anual… ¡¡ y ya van siete!!

Una cita imprescindible en nuestro calendario donde hacemos balance del ejercicio pasado, planificamos nuevos proyectos y compartimos nuevas ilusiones.

Fue una jornada divertida con exposiciones por parte de todos, en la que también hubo tiempo de realizar dinámicas de trabajo en equipo de las que se obtuvieron extraordinarios retos para este 2020.

Y como no todo es trabajo, en el tiempo de descanso, pudimos deleitarnos con parte de la nueva carta del Molino de Alcuneza hotel & spa, corroborando la alta calidad de sus fogones reconocidos con su merecida Estrella Michelín.

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Renovamos la certificación UNE –EN ISO 9001:2015

Otro año más hemos logrado la renovación de la certificación ISO 9001:2015 que confirma que el Sistema de gestión de calidad de la organización de Pedro Moreno e hijos reúne los requisitos de la norma UNE –EN ISO 9001:2015 para cada una de las actividades que desarrollamos en el despacho: asesoría fiscal, contable, laboral de empresas y particulares, agencia de seguros e inversiones y tramitación de gestiones administrativas. P. Moreno e Hijos mantiene esta certificación desde 2007, renovándola ininterrumpidamente hasta la fecha.

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Ya no estás obligado a contratar tu seguro con el banco

El 16 de junio, ha entrado en vigor la nueva Ley 5/2019 que regula los contratos de créditos inmobiliarios, que especifica, entre otros aspectos, las condiciones de suscripción de las pólizas de seguros que deban realizarse en cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo.

La ley deja muy claro que el prestatario tiene derecho a elegir el seguro y con quién lo contrata y el prestamista tiene obligación de aceptarlo sin empeorar, por ello, las condiciones del préstamo ni cobrar comisión o gasto alguno por analizar las pólizas alternativas que le presente el prestatario,así lo expresa en concreto en el artículo 17.3.

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