Ya no estás obligado a contratar tu seguro con el banco

El 16 de junio, ha entrado en vigor la nueva Ley 5/2019 que regula los contratos de créditos inmobiliarios, que especifica, entre otros aspectos, las condiciones de suscripción de las pólizas de seguros que deban realizarse en cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo.

La ley deja muy claro que el prestatario tiene derecho a elegir el seguro y con quién lo contrata y el prestamista tiene obligación de aceptarlo sin empeorar, por ello, las condiciones del préstamo ni cobrar comisión o gasto alguno por analizar las pólizas alternativas que le presente el prestatario,así lo expresa en concreto en el artículo 17.3.

Así que, si vas a comprar una casa y necesitas pedir una hipoteca, el banco puede pedirte que suscribas una  póliza de seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo, así como la suscripción de un seguro de daños respecto del inmueble objeto de hipoteca y del resto de seguros previstos en la normativa del mercado hipotecario, pero no puede obligarte a suscribirlos con su entidad, puedes hacerlo con quién quieras.

Si tienes cualquier duda no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de informarte.

Aquí puedes consultar la ley.

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Pedro Moreno e Hijos administrator

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