El 1 de enero entró en vigor la modificación del límite de las aportaciones y de la reducción en la base imponible de las mismas y contribuciones a sistemas de Previsión Social.
El anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2021 recoge una serie de especificaciones con respecto a los planes de pensiones, entre los que destacamos la modificación del límite de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social:
- El límite conjunto de aportaciones individuales a sistemas de previsión social (PPI, mutualidades de previsión social, PPA, aportación individual PPE y PPSE y seguros de dependencia) se reduce de 8.000 a 2.000 €. Se mantiene el límite adicional del 30% de las rentas del trabajo y de Actividades Económicas.
- Este límite se incrementa en 8.000 € adicionales siempre que el incremento provenga de aportaciones empresariales.
- Las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de empleo de los que sea promotor y partícipe, se considerarán como contribuciones empresariales a efectos del cómputo de este límite.
- La reducción por aportaciones a favor del cónyuge pasa de 2.500 a 1.000 €.
- Se modifican en el mismo sentido los límites financieros de las aportaciones
- Se introduce una nuevo tramo en la escala general (aplicable a las prestaciones de Planes y Seguros de compromiso por pensiones) del 47% por encima de 300.000 €.
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