En el BOE del día 10 de febrero de 2018, se ha publicado el Real Decreto 62/2018 que modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, y el Reglamento de planes y fondos de pensiones. Queremos compartir con vosotros las dos modificaciones más importantes que contempla dicho Reglamento:
- La primera es que permitirá recuperar todo o parte de lo ahorrado a partir de los 10 años de su contratación. Esta nueva regulación se empezará a aplicar a partir de 2025. En la práctica, se podrán hacer líquidas las aportaciones con al menos 10 años de antigüedad, es decir las que se hicieron hasta 2015. Las realizadas a partir de 2016 deberán esperar hasta 2026 y así sucesivamente.
- La segunda, es la rebaja de las comisiones, que pasarán de 1,5% a 1,25% de media, una reducción que llegará hasta el 0,85% si el fondo está vinculado a la evolución de la renta fija. Este RD 62/2018 establece su entrada en vigor el 11 de febrero de 2018, el día siguiente al de su publicación en el BOE. No obstante, la aplicación de los nuevos límites de las comisiones de gestión y depósito no se hará efectiva hasta dos meses después, el 11 de abril de 2018.
No obstante, lo mejor es una buena planificación, dado que no solo hay que tener en cuenta las desgravaciones presentes sino el óptimo momento de las prestaciones futuras.
Para aclarar estas situaciones y otras, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para ampliar información y obtener un correcto asesoramiento.
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