Deducciones que puedes aplicar a tu declaración de la renta

Llega el momento de hacer la declaración de la renta y nos entran las dudas de qué gastos me puedo deducir.  Lo primero que tienes que tener en cuenta es que depende de la Comunidad Autónoma en que debas presentarla ya que los gastos deducibles pueden variar de una a otra. Además, hay algunas novedades este año con respecto a los anteriores:

Aumento del límite de ingresos para no declarar:

  • Se eleva el umbral de ingresos exentos de la obligación de declarar a 15.876 euros anuales en el caso de tener varios pagadores, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no supere los 1.500 euros anuales. Anteriormente, este límite era de 14.000 euros.
  • En general, si solo se tiene un pagador, el límite para no declarar se mantiene en 22.000 euros anuales.

Incremento en la reducción por rendimientos del trabajo:

  • Se incrementa la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, beneficiando a las rentas más bajas. El importe máximo de la reducción fiscal sube de 6.498 euros anuales a 7.302 euros anuales. Esta reducción se aplica de forma decreciente para rentas netas del trabajo entre 13.115 y 19.747,5 euros.

Obligatoriedad de declarar para autónomos:

  • Una novedad significativa es que todos los autónomos están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de sus ingresos. Anteriormente, solo estaban obligados aquellos con rendimientos netos anuales superiores a 1.000 euros.

Cambios en las deducciones:

  • Deducción por donaciones: se mejora la deducción por donaciones a entidades sin ánimo de lucro. Los primeros 250 euros donados se podrán deducir en un 80% (antes era hasta 150 euros). Para las cantidades superiores, la deducción será del 40%, y podrá alcanzar el 45% si se dona a la misma entidad durante al menos tres años consecutivos.
  • Deducciones por eficiencia energética en viviendas: se prorrogan las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, que permiten deducir entre un 20% y un 60% dependiendo del tipo de obra.
  • Deducción por vehículos eléctricos: se prorroga la deducción del 15% por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como por la instalación de puntos de recarga.
  • Deducción por maternidad: se incrementa la deducción por gastos de guardería para hijos menores de tres años, permitiendo aumentar la deducción general por maternidad en hasta 1.000 euros adicionales. Esta deducción se extiende a guarderías sin autorización educativa, pero con licencia de apertura y funcionamiento.
  • Deducciones por alquiler: se modifican las deducciones por alquiler de vivienda, estableciendo diferentes porcentajes de reducción en función de la fecha del contrato y si la vivienda se encuentra en una zona de mercado residencial tensionado.

Otras novedades:

  • Exención de ayudas por la DANA: las ayudas públicas concedidas a los damnificados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) están exentas de tributación.
  • Rectificación exprés de errores: se introduce un nuevo sistema de autoliquidación rectificativa que permite a los contribuyentes corregir errores en su declaración de forma más ágil, sin necesidad de esperar una resolución de la Agencia Tributaria.
  • Nuevas formas de pago: se habilita la posibilidad de realizar el pago de la declaración a través de Bizum, sumándose a las opciones ya existentes.
  • Mayor control sobre ingresos de plataformas digitales: la Agencia Tributaria pondrá mayor atención a los ingresos obtenidos a través de plataformas digitales como Vinted, Airbnb o Wallapop.
  • Asistencia para mayores: se mantiene un plan especial de asistencia para mayores de 65 años en pequeños municipios para la confección y presentación de sus declaraciones.

Según la Agencia Tributaria, las deducciones que se aplican en Castilla-La Mancha en la declaración de la renta son:

Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad. Entre otros requisitos el contribuyente tiene que tener un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 65 por 100 y tener derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad del contribuyente previsto en la Ley del IRPF.
Cuantía y límite máximo de la deducción.

  • El 15 por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, cuando se cumplan los requisitos que indicamos en el apartado siguiente.
  • Importe máximo de la deducción: 450 euros.

Por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas, entre otros requisitos el contribuyente debe integrar una familia numerosa que, en la fecha de devengo del impuesto, tengan reconocida esta condición de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosa y esté en posesión del correspondiente título de familia numerosa.

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • El 15 por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, cuando se cumplan los requisitos que indicamos en el apartado siguiente.
  • Importe máximo de la deducción: 450 euros.

Téngase en cuenta que el contribuyente no podrá deducir más de 450 euros por la suma de las cantidades satisfechas por todos los contratos realizados en el período impositivo.

Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • El 15 por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, cuando se cumplan los requisitos que indicamos en el apartado siguiente.
  • Importe máximo de la deducción: 450 euros.

Téngase en cuanta que el contribuyente no podrá deducir más de 450 euros por la suma de las cantidades satisfechas por todos los contratos realizados en el período impositivo.

Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales

Que la vivienda esté situada en alguno de los municipios incluidos en las zonas escasamente pobladas a que se refiere el artículo 12 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, y que la población del mismo sea inferior a 5.000 habitantes. Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda se haya producido a partir del 1 de enero de 2021.

Cuantía de la deducción

  • El 15 por 100 de las cantidades que durante el período impositivo se satisfagan por el contribuyente por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual.

Por los gastos en intereses por la financiación ajena de la adquisición de primera vivienda habitual por menores de 40 años

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • El 100 por 100 de las cantidades satisfechas durante el período impositivo en concepto de intereses por la financiación ajena concertada para la adquisición de la primera vivienda habitual.

Respecto al concepto de vivienda habitual téngase en cuenta el fijado por la normativa estatal del IRPF vigente a 31 de diciembre de 2012.

Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años

Que, a la fecha de devengo del impuesto, el contribuyente tenga su residencia habitual en Castilla-La Mancha y sea menor de treinta y seis años.

Que la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente menos el mínimo por descendientes (casillas [0435], [0460] y [0514] de la declaración, respectivamente) no supere la cuantía de:

  • 12.500 euros en tributación individual.
  • 25.000 euros en tributación conjunta.

Que en la autoliquidación del IRPF se consigne el número de identificación fiscal del arrendador de la vivienda.

El concepto de vivienda habitual será el fijado por la normativa reguladora del IRPF vigente a la fecha de devengo del impuesto.

Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • El 15 por 100 de las cantidades satisfechas durante el ejercicio por el arrendamiento de la vivienda habitual del contribuyente, situada en Castilla-La Mancha y que constituya la residencia habitual.
  • Importe máximo de la deducción: 450 euros

Téngase en cuenta que el contribuyente no podrá deducir más de 450 euros por la suma de las cantidades satisfechas por todos los contratos realizados en el período impositivo.

Es importante revisar detenidamente todas estas novedades y cómo pueden afectar a tu situación personal a la hora de realizar la declaración de la renta de este año. Pedro Moreno e hijos te asesoramos sobre cuáles y de qué forma calcular las deducciones y cómo presentar tu declaración de la renta. No dudes en consultarnos, estamos a tu disposición en nuestras oficinas de Guadalajara, Sigüenza, Alovera y Molina de Aragón. Contacto

Para más información puedes consultar la web de la Agencia Tributaria para obtener información más detallada y actualizada.

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