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Asesoramiento Integral a Empresas, Autónomos y Particulares y Mediación Profesional de Seguros

Atención, Disponibilidad y Fiabilidad para nuestros clientes.

Asesores de Empresas, Autónomos y Particulares

Un asesoramiento profesional y una adecuada planificación fiscal optimizan las cargas tributarias y simplifican la puesta en marcha de nuevos proyectos.

Mediadores Profesionales de Seguros

Somos una de las principales Agencias de Seguros de la compañía AXA en España, con cerca de 10.000 contratos y más de 5.000 asegurados en nuestra cartera.

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Acompañamos a nuestros clientes a lo largo de todos los ciclos de su vida, por ello les asesoramos con las soluciones de Ahorro e Inversión más adecuadas.

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Una multinacional líder Mundial que garantiza la solvencia financiera de nuestros productos y también la garantía de servicio en coberturas.

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Según el informe Best Global Brands 2023, de Interbrand, AXA se sitúa entre las 50 compañías más valoradas del mundo, donde únicamente figuran dos aseguradoras, con una valoración de 16.401 millones de dólares. La fortaleza y activos de la marca AXA han permitido un crecimiento del 4%, ocupando el puesto 44 en el ranking.

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Noticias

Entradas recientes de nuestra sección de noticias.

Apoyamos el deporte femenino y la Eurocopa Femenina. Un compromiso compartido con AXA

Apoyamos el deporte femenino y la Eurocopa Femenina. Un compromiso compartido con AXA

Estamos encantados de colaborar con AXA apoyando el deporte femenino, en concreto el fútbol femenino como partner oficial de la UEFA Women’s EURO 2025, el gran torneo que se está celebrando en Suiza del 2 al 27 de julio de 2025.

En P. Moreno e Hijos, nuestra prioridad es estar cerca de las personas, acompañándolas en cada etapa de su vida. Por eso, como agencia de seguros AXA, nos sentimos profundamente identificados con el compromiso que AXA ha asumido con las mujeres, tanto en su vida diaria como en su desarrollo profesional y deportivo.

En P. Moreno e Hijos promovemos también el deporte femenino local patrocinando eventos deportivos como la San Silvestre Seguntina y difundimos la importancia de la actividad física femenina como motor de empoderamiento, salud y liderazgo.

Queremos transmitir que apostar por las mujeres deportistas no se trata solo de gestos simbólicos, sino de un compromiso real con la igualdad y el desarrollo de la sociedad.

Ser mujer no debería ser un riesgo

Las mujeres se enfrentan a muchos riesgos a lo largo de su vida y es esencial que les prestemos atención y busquemos soluciones. Tenemos la responsabilidad de hacer más.

Comprendemos sus necesidades específicas y ofrecemos seguros personalizados que garantizan una protección integral para sus bienes y su bienestar. Nuestro compromiso se centra en proporcionar no solo seguros que les protejan, sino también en hacer más fácil su día a día. Con una amplia gama de productos y servicios, diseñados a medida, aseguramos la tranquilidad y la seguridad que merecen.

Seguros específicos para las necesidades de las mujeres

En colaboración con AXA, ofrecemos soluciones adaptadas a las necesidades reales de las mujeres de hoy con seguros que van mucho más allá de una simple póliza, son una forma de proteger, empoderar y respaldar a la mujer en cada aspecto de su vida.

SEGUROS DE SALUD

Tenemos el mejor seguro de salud del mercado con diferentes opciones específicas para la mujer que incluyen la revisión ginecológica, el diagnóstico precoz de cáncer de mama, coberturas específicas durante el embarazo, parto y postparto, rehabilitación de incontinencia urinaria y otros muchos servicios.

SEGUROS DE VIDA

Una solución adaptada al estilo de vida de la mujer, garantizando la tranquilidad que necesita con coberturas personalizables que mejoran el bienestar y la salud para que puedan vivir tranquilas. Soluciones que garantizan la seguridad financiera en caso de algún imprevisto para que su vida y la de los suyos pueda seguir sin cambios.

Es uno de los seguros de vida más completos del mercado, que se adapta a cada situación personal y, además, ofrece servicios adiciones para cuidarse: servicios de salud y bienestar disponibles desde el primer día

SEGUROS DE HOGAR

Queremos proteger el hogar de la mujer y de las personas que viven con ella, además de ayudarle en su día a día.  Protegemos más allá de la vivienda, incluyendo garantías pensadas en mejorar el día a día de las personas que viven en ella: asistencia en el hogar, con servicios que pueden ser útiles en la vida diaria como la asistencia en reparaciones o problemas domésticos, servicio de bricolaje…

SEGUROS DE AHORRO

Ofrecemos soluciones con intereses y/o rendimientos para que los ahorros sigan creciendo. Disponemos de una gama de productos flexibles para que se puedan adaptar a las necesidades y capacidad de cada mujer, brindando seguridad, con la posibilidad de disponer del dinero cuando se necesite, una vez transcurrido un periodo inicial, según el producto elegido.

Mujer y mucho más

En P. Moreno e Hijos, no solo comercializamos estos productos: los entendemos, los valoramos y los promovemos activamente porque sabemos que pueden marcar la diferencia en la vida de nuestras clientas.

En P. Moreno e Hijos estamos con ellas: con las mujeres que cuidan, que sueñan, que lideran, que entrenan y que luchan cada día.

Llámanos 902 40 40 84 para informarte sobre las ventajas que nuestros seguros tienen para ti, para que no tengas que dejar nunca de lado el deporte ni ninguna de tus actividades.

¡Tu Seguro de Salud con beneficios irresistibles!

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Médico online gratuito hasta 2027

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Contacto

Deducciones que puedes aplicar a tu declaración de la renta

P Moreno e Hijos deducciones que puedes aplicar en tu declaración de la renta

Llega el momento de hacer la declaración de la renta y nos entran las dudas de qué gastos me puedo deducir. Lo primero que tienes que tener en cuenta es que depende de la Comunidad Autónoma en que debas presentarla ya que los gastos deducibles pueden variar de una a otra. Además, hay algunas novedades este año con respecto a los anteriores:

Aumento del límite de ingresos para no declarar:

  • Se eleva el umbral de ingresos exentos de la obligación de declarar a 15.876 euros anuales en el caso de tener varios pagadores, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no supere los 1.500 euros anuales. Anteriormente, este límite era de 14.000 euros.
  • En general, si solo se tiene un pagador, el límite para no declarar se mantiene en 22.000 euros anuales.

Incremento en la reducción por rendimientos del trabajo:

  • Se incrementa la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, beneficiando a las rentas más bajas. El importe máximo de la reducción fiscal sube de 6.498 euros anuales a 7.302 euros anuales. Esta reducción se aplica de forma decreciente para rentas netas del trabajo entre 13.115 y 19.747,5 euros.

Obligatoriedad de declarar para autónomos:

  • Una novedad significativa es que todos los autónomos están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de sus ingresos. Anteriormente, solo estaban obligados aquellos con rendimientos netos anuales superiores a 1.000 euros.

Cambios en las deducciones:

  • Deducción por donaciones: se mejora la deducción por donaciones a entidades sin ánimo de lucro. Los primeros 250 euros donados se podrán deducir en un 80% (antes era hasta 150 euros). Para las cantidades superiores, la deducción será del 40%, y podrá alcanzar el 45% si se dona a la misma entidad durante al menos tres años consecutivos.
  • Deducciones por eficiencia energética en viviendas: se prorrogan las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, que permiten deducir entre un 20% y un 60% dependiendo del tipo de obra.
  • Deducción por vehículos eléctricos: se prorroga la deducción del 15% por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como por la instalación de puntos de recarga.
  • Deducción por maternidad: se incrementa la deducción por gastos de guardería para hijos menores de tres años, permitiendo aumentar la deducción general por maternidad en hasta 1.000 euros adicionales. Esta deducción se extiende a guarderías sin autorización educativa, pero con licencia de apertura y funcionamiento.
  • Deducciones por alquiler: se modifican las deducciones por alquiler de vivienda, estableciendo diferentes porcentajes de reducción en función de la fecha del contrato y si la vivienda se encuentra en una zona de mercado residencial tensionado.

Otras novedades:

  • Exención de ayudas por la DANA: las ayudas públicas concedidas a los damnificados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) están exentas de tributación.
  • Rectificación exprés de errores: se introduce un nuevo sistema de autoliquidación rectificativa que permite a los contribuyentes corregir errores en su declaración de forma más ágil, sin necesidad de esperar una resolución de la Agencia Tributaria.
  • Nuevas formas de pago: se habilita la posibilidad de realizar el pago de la declaración a través de Bizum, sumándose a las opciones ya existentes.
  • Mayor control sobre ingresos de plataformas digitales: la Agencia Tributaria pondrá mayor atención a los ingresos obtenidos a través de plataformas digitales como Vinted, Airbnb o Wallapop.
  • Asistencia para mayores: se mantiene un plan especial de asistencia para mayores de 65 años en pequeños municipios para la confección y presentación de sus declaraciones.

Según la Agencia Tributaria, las deducciones que se aplican en Castilla-La Mancha en la declaración de la renta son:

Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad. Entre otros requisitos el contribuyente tiene que tener un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 65 por 100 y tener derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad del contribuyente previsto en la Ley del IRPF.
Cuantía y límite máximo de la deducción.

  • El 15 por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, cuando se cumplan los requisitos que indicamos en el apartado siguiente.
  • Importe máximo de la deducción: 450 euros.

Por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas, entre otros requisitos el contribuyente debe integrar una familia numerosa que, en la fecha de devengo del impuesto, tengan reconocida esta condición de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosa y esté en posesión del correspondiente título de familia numerosa.

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • El 15 por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, cuando se cumplan los requisitos que indicamos en el apartado siguiente.
  • Importe máximo de la deducción: 450 euros.

Téngase en cuenta que el contribuyente no podrá deducir más de 450 euros por la suma de las cantidades satisfechas por todos los contratos realizados en el período impositivo.

Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • El 15 por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, cuando se cumplan los requisitos que indicamos en el apartado siguiente.
  • Importe máximo de la deducción: 450 euros.

Téngase en cuanta que el contribuyente no podrá deducir más de 450 euros por la suma de las cantidades satisfechas por todos los contratos realizados en el período impositivo.

Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales

Que la vivienda esté situada en alguno de los municipios incluidos en las zonas escasamente pobladas a que se refiere el artículo 12 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, y que la población del mismo sea inferior a 5.000 habitantes. Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda se haya producido a partir del 1 de enero de 2021.

Cuantía de la deducción

  • El 15 por 100 de las cantidades que durante el período impositivo se satisfagan por el contribuyente por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual.

Por los gastos en intereses por la financiación ajena de la adquisición de primera vivienda habitual por menores de 40 años

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • El 100 por 100 de las cantidades satisfechas durante el período impositivo en concepto de intereses por la financiación ajena concertada para la adquisición de la primera vivienda habitual.

Respecto al concepto de vivienda habitual téngase en cuenta el fijado por la normativa estatal del IRPF vigente a 31 de diciembre de 2012.

Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años

Que, a la fecha de devengo del impuesto, el contribuyente tenga su residencia habitual en Castilla-La Mancha y sea menor de treinta y seis años.

Que la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente menos el mínimo por descendientes (casillas [0435], [0460] y [0514] de la declaración, respectivamente) no supere la cuantía de:

  • 12.500 euros en tributación individual.
  • 25.000 euros en tributación conjunta.

Que en la autoliquidación del IRPF se consigne el número de identificación fiscal del arrendador de la vivienda.

El concepto de vivienda habitual será el fijado por la normativa reguladora del IRPF vigente a la fecha de devengo del impuesto.

Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • El 15 por 100 de las cantidades satisfechas durante el ejercicio por el arrendamiento de la vivienda habitual del contribuyente, situada en Castilla-La Mancha y que constituya la residencia habitual.
  • Importe máximo de la deducción: 450 euros

Téngase en cuenta que el contribuyente no podrá deducir más de 450 euros por la suma de las cantidades satisfechas por todos los contratos realizados en el período impositivo.

Es importante revisar detenidamente todas estas novedades y cómo pueden afectar a tu situación personal a la hora de realizar la declaración de la renta de este año. Pedro Moreno e hijos te asesoramos sobre cuáles y de qué forma calcular las deducciones y cómo presentar tu declaración de la renta. No dudes en consultarnos, estamos a tu disposición en nuestras oficinas de Guadalajara, Sigüenza, Alovera y Molina de Aragón. Contacto

Para más información puedes consultar la web de la Agencia Tributaria para obtener información más detallada y actualizada.

Novedades en la declaración de la renta de los Autónomos

La novedad principal este año en la declaración de la renta de los Autónomos es la obligatoriedad que tienen todos los trabajadores por cuenta propia de presentar dicha declaración, independientemente de si han obtenido ingresos o no y de la cuantía de los mismos, incluso si su balance anual es de pérdidas. Hasta ahora, los autónomos podían presentar o no la declaración en función de sus ingresos durante el ejercicio anterior, solo debían hacerlo si obtenían un rendimiento neto anual igual o superior a 1000€.

Los autónomos podrán presenta la Declaración de la Renta 2024 – 2025 se puede presentar desde el 02 de abril al 30 de junio de 2025. Si se opta por domiciliar el pago hasta el 25 de junio de 2025. La presentación por vía electrónica se puede hacer desde el 02 de abril hasta el 30 de junio de 2025, la presentación por vía telefónica a partir del 06 de mayo de 2025, y la presentación presencial arranca el 02 de junio de 2025 en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Hacienda facilita, a través del programa Renta Web, el borrador también para el autónomo. Sin embargo, siempre se recomienda contar con un servicio de gestoría para confirmar su borrador y realizar su declaración ya que son bastantes las consideraciones a tener en cuenta.

Por ello, bajo ningún concepto confirmes el borrador facilitado por Hacienda que no contiene tus datos sobre actividad económica.

Otras novedades de la renta de autónomos

Otra de las novedades de este año es que los autónomos podrán pagar su Declaración de la Renta mediante Bizum o tarjeta de crédito/débito, además de los métodos habituales como la domiciliación bancaria o el código NRC. Se mantiene la posibilidad de fraccionar el pago sin intereses: un 60 % al presentar la declaración y el 40 % restante hasta el 5 de noviembre de 2025.

Según las noticias que nos llegan, la Agencia Tributaria está cruzando más datos que nunca, por lo que es fundamental que los gastos estén bien justificados y documentados. Además, ten en cuenta que Hacienda también cruza datos con la Seguridad Social para garantizar que se esté cotizando por una base adecuada al nivel de ingresos reales.

No dudes en contactar con nosotros para ayudarte con los trámites de tu declaración de la Renta y que todo quede perfectamente justificado para evitar “sustos”.

Estamos a tu disposición en nuestras oficinas de Guadalajara, Sigüenza, Alovera y Molina de Aragón. ¡Contáctanos!

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